OFICINA VIRTUAL HOSPITAL JOAN XXIII

Vuestra opinión nos importa

  • Aquí puede contactar con nosotros (Unidad de Atención a la Ciudadanía)
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Justificante de estancia en el Hospital

Documentos de Voluntades Anticipadas (DVA)

Segunda opinión médica

Derechos ARCO

Solicitud de documentación clínica

 

SERVICIOS  FUNERARIOS

Para gestionar los trámites administrativos de los servicios funerarios, es necesario preparar la siguiente documentación:

DNI o documento acreditativo (pasaporte o tarjeta de residencia) de la persona difunta.
DNI de la persona que contrate el servicio funerario.
Certificado médico de defunción oficial (le sera entregado en caso de muerte certificable).
Título de la sepultura, en caso de tenerlo.
Póliza del seguro y/o último recibo, en caso de tenerlo.

 

La elección de los Servicios Funerarios es una decisión que corresponde a la familia. Tal y como señala la Ley 2/1997 de 3 de abril de servicios funerarios, cualquier operador funerario autorizado puede prestar este servicios en toda Catalunya.