Segunda opinión
médica
El Decreto 125/2007, de 5 de junio, garantiza a las personas que tienen derecho a la asistencia sanitaria a cargo del Servicio Catalán de la Salud, el ejercicio del derecho a obtener una segunda opinión médica sobre su proceso patológico, en determinados supuestos.
Una segunda opinión es el informe de un médico o médica emitido, a petición de la persona enferma o de las personas que puedan actuar en su nombre y tiene como finalidad contrastar un diagnóstico o un tratamiento en determinadas circunstancias de especial gravedad. Para realizar la petición debe dirigirse a la Unidad de Atención a la Ciudadanía, en la planta baja del edificio B del Hospital Joan XXIII de Tarragona.